Según la Sunat, las personas naturales que tienen ingresos como trabajadores independientes o laboras en una empresa y estás registrado en planilla, pueden incluir, en el cálculo de su renta anual, gastos como los siguientes:
- Consumo en restaurantes, bares y hoteles (25%)
- Gastos de alquileres (30%)
- Honorarios profesionales de médicos y odontólogos (30%)
- Servicios profesionales que generen rentas de cuarta categoría (30%)
- Aportaciones a Essalud por contratar trabajadores del hogar (100%)
- Servicios de guías de turismo y servicios de turismo de aventura, ecoturismo o similares (50%)
- Servicios de artesanos (50%)
- Los servicios de agencias de viajes y turismo, de agencias operadoras de viajes y turismo, guías de turismo, centros de turismo termal y/o similares y servicios de turismo de aventura, ecoturismo o similares (25%)
- Actividad artesanal (25%)
Para que el gasto pueda ser tomado en cuenta en la declaración del Impuesto a la Renta, se deberá contar con el comprobante correspondiente con los datos de la persona.
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